El Centro Europa – Tercer Mundo (CETIM) ha denunciado varias veces1 el atascadero en el cual los sucesivos gobiernos al poder en Israel han colocado la resolución del conflicto, así como la incapacidad de la comunidad internacional para hacer respetar a ese país el derecho internacional, el derecho internacional humanitario y las numerosas resoluciones adoptadas por las instancias de la ONU.
La ocupación israelí es fuente de cotidianas violaciones de los derechos humanos de los Palestinos, como, particularmente la cuadrícula de los territorios palestinos, la construcción de un « muro », destrucciones masivas de habitaciones privadas e infraestructuras publicas. Tiene consecuencias dramáticas en numerosos derechos humanos, en particular el derecho a la vida de los Palestinos.
1. La cuadrícula de los Territorios palestinos
Por una ingeniosa cuadrícula militar y la continuación de la colonización en los Territorios ocupados, el gobierno israelí hace todo para hacer los desplazamientos y las actividades cotidianas del pueblo palestino los más difíciles posibles y eso, en contradicción flagrante con el derecho internacional y las reglas internacionales de los derechos humanos.
Alrededor de 140 puestos de control permanentes han sido establecidos por las autoridades israelíes en Cisjordania y 25 a 302 en la Faja de Gaza, en la entrada de las ciudades o en cada gran encrucijada. A estos, se suman decenas de puestos de control llamados “móviles”. Además de controlar las idas y venidas de los Palestinos, las autoridades israelíes pueden cerrar, cuando lo desean, esos puestos, “encarcelando” de facto todo un pueblo y trabando voluntariamente todo desarrollo económico.
Los cuadros siguientes muestran el número de días de cierre de los puestos de control internos y externos a la Faja de Gaza entre el 28 de septiembre 2000 y el 28 de septiembre 20033.
Número de días de cierre de los puestos de control internos en la Faja de Gaza :
Puestos de control Numero de días de cierre
Abu Holly (Al Hikir) 44
Rafah-Khan Younis (Morag) 632
Khan Younis-Deir Al Balah (Um Al Ajeen) 630
Gaza-Deir Al Balah (Nitzarim) 547
Número de días de cierre de los puestos de control externos en la Faja Gaza :
Encrucijada Numero de días de cierre
Sofa (Sud) 549
Rafah (Sud) 167
Al Muntar/Karni (Nord-Est) 115
Beit Hanoun/Erez (Nord) 492
Gaza International Airport (Sud) 1018
El UNSCO (UN Special Coordinator for the Middle East Peace Process) había ya señalado esa situación alarmante en octubre 2002, de la manera siguiente: el acordonamiento interior total equivaldría para la Cisjordania al 66% del tiempo y el acordonamiento interior parcial al 34% para la Cisjordania y al 94% para la Faja de Gaza4. Combinados con más de 200 controles en la ruta, los puestos de control dividen la Cisjordania en 300 entidades separadas y la Faja de Gaza en tres. Para pasar esas barreras y puestos de control, cada Palestino, desde la edad de 12 años, debe proveerse de un permiso cerca de la administración israelí. Algunos de esos documentos son válidos solamente un mes y su obtención es laboriosa y no garantiza para nada una libertad de desplazamiento en los Territorios. Ese derecho está reservado exclusivamente a los colones israelíes que pueden utilizar a su antojo las vías de contorno, construidas sin el acuerdo de la Autoridad palestina, y que unen las colonias ilegales israelíes implantadas en Cisjordania y en la Faja de Gaza entre ellas y a Israel. Esas vías trocean los Territorios ocupados y hacen imposible su continuidad. Toda política voluntaria de ordenación territorial por parte de la Autoridad palestina es así hecha imposible en tal contexto.
Por causa del acordonamiento, la economía palestina está prácticamente paralizada : el PNB ha bajado de 38% desde su nivel de 1999. Al mismo tiempo, más de 100’000 empleos ocupados por Palestinos se han perdido, en Israel, con el inicio del Intifada, habiendo sido revocado su permiso de trabajo y de desplazamiento. Se estima hoy la taza de desempleo a más de 50% y 60% de los Palestinos viven con menos de 2 US$ por día5.
2. “Cerca de seguridad” o anexión de territorios palestinos suplementarios y muro de apartheid
Existe une “cerca de seguridad” erigida unilateralmente por Israel y cuyo trazado tortuoso, lejos de respetar la “línea verde” de 1967, penetra ampliamente en Cisjordania. Es una traba a la libertad de movimiento de los Palestinos y a su soberanía territorial y las pocas puertas habilitadas y abiertas de tanto en tanto no modificaran ese hecho6. Construida en hormigón, esa cerca no es otra cosa que un « muro » que constituye una pura y simple anexión de las mejores tierras y de las reservas acuíferas palestinas y, al finalizar su construcción, más de la mitad de los 400’000 colonos ilegalmente establecidos en Cisjordania y Jerusalén-Este, así como las tierras colonizadas, se encontraran en territorio israelí7.
El Relator especial para los Territorios palestinos ocupados, John Dugard, escribe a propósito del « muro » y de las anexiones ilegales realizadas de facto por Israel que : “en derecho internacional, se emplea otro termino para designar ese tipo de anexión, el de conquista. La conquista, o la adquisición de territorio por la fuerza, fue prohibida en virtud del Pacto Briand-Kellogg de 1928 y del párrafo 4 del Articulo 2 de la Carta de las Naciones Unidas. […] Esa prohibición ha sido confirmada por la resolución 242 (1967) del Consejo de seguridad y los Acuerdos de Oslo, en virtud de los cuales el estatuto de la Orilla occidental y de Gaza no puede ser modificado mientras las negociaciones sobre el estatuto permanente no lleguen a un resultado. […].”8
El Comité de los derechos humanos a condenado la construcción del “muro” en estos términos : “El Estado Parte (Israel) debería respetar el derecho a la libertad de circulación garantizado en el artículo 12 [del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos]. Debería detenerse la construcción de la “Zona de Separación” en los Territorios Ocupados.”9
En cuanto a la Asamblea general de la ONU, además de la cesación inmediata de las obras10, pidió el pasado diciembre un aviso consultivo a la Corte Internacional de Justicia sobre la construcción del “muro”11.
Los Territorios palestinos están también sin acceso al exterior por decisión unilateral de Israel. Desde febrero 2001, el aeropuerto internacional de Gaza está cerrado y su pista de aterrizaje fue parcialmente destruida por los bullidores y los helicópteros israelíes en dos ocasiones en diciembre 2001 y enero 2002. El pasaje entre la Faja de Gaza y la Cisjordania, aunque protegido por los acuerdos de Oslo, ha sido cerrado en octubre 2000. En lo que concierne las fronteras con la Jordania o Egipto (Rafah), están regularmente encerradas.
Además, toques de queda son regularmente impuestos bajo el pretexto de operaciones tácticas o medidas de represalias. Pero no son solamente interdicciones de desplazarse de noche, porque a menudo duran varios días como fue el caso recientemente en Naplusa12. Es casi imposible abastecerse y efectuar compras. Los levantamientos esporádicos de los toques de queda permiten únicamente de reunir bienes de primera necesidad, lo que permite subsistir algunos días.
3. Destrucciones a largo alcance de habitaciones privadas e infraestructuras publicas.
Las destrucciones de habitaciones privadas por las Fuerzas de ocupación israelíes (FOI) constituyen otra dimensión de la política de represión conducida por Israel contra el pueblo palestino en su conjunto. La destrucción total o parcial de más de 11’000 habitaciones privadas en 3 años a echado a la calle decenas de millares de familias. Al pasaje de los bullidores israelíes, comercios, pozos, líneas eléctricas y telefónicas, sistemas de reciclaje de las aguas usadas, edificios públicos (escuelas, puestos de policía, etc), así como decenas de lugares de cultos (mezquitas, iglesias, cementerios) son destruidos. Esas acciones violan en total impunidad las Convenciones de Ginebra y sus Protocolos adicionales que estipulan entre otras cosas que : “está prohibido que la Potencia ocupante destruya bienes muebles o inmuebles, pertenecientes individual o colectivamente a personas particulares, al Estado o a colectividades públicas, a organizaciones sociales o a cooperativas, excepto en los casos en que tales destrucciones sean absolutamente necesarias a causa de las operaciones bélicas”13 y “[…] queda prohibido: a) cometer actos de hostilidad dirigidos contra los monumentos históricos, obras de arte o lugares de culto que constituyen el patrimonio cultural o espiritual de los pueblos; b) utilizar tales bienes en apoyo del esfuerzo militar; c) hacer objeto de represalias a tales bienes.”14
4. Derecho a la alimentación y al agua potable
Después de su misión en los Territorios ocupados, el Relator especial sobre el derecho a la alimentación ha denunciado la situación alarmante en materia de alimentación y de seguridad alimenticia hablando mismo de “catástrofe humanitaria”15.
El acceso al agua potable no es más fácil. Aunque la mayoría de las reservas de agua de la región se encuentran en territorio palestino, Israel desvía en su beneficio más de los 7/8. La mayoría de las ciudades y pueblos palestinos benefician únicamente de algunas horas de agua por semana, mientras que los puestos militares israelíes y las colonias son alimentadas 24 horas sobre 24. A causa del aumento de los costos del transporte ocasionado por los bloqueos de carretera “el precio del agua encaminada por petroleros ha sufrido un aumento de 80% desde septiembre 2000 ”16. Esas medidas están en contradicción flagrante con el derecho internacional humanitario que especifica que : “1) Queda prohibido, como método de guerra, hacer padecer hambre a las personas civiles. 2) Se prohíbe atacar, destruir, sustraer o inutilizar los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, tales como los artículos alimenticios y las zonas agrícolas que los producen, las cosechas, el ganado, las instalaciones y reservas de agua potable y las obras de riego, con la intención deliberada de privar de esos bienes, por su valor como medios para asegurar la subsistencia, a la población civil o a la Parte adversa, sea cual fuere el motivo, ya sea para hacer padecer hambre a las personas civiles, para provocar su desplazamiento, o con cualquier otro propósito.”17
5. Repercusiones de la política de colonización sobre el nivel de salud de los Palestinos
La política de colonización israelí, los toques de queda y los acordonamientos tienen un impacto catastrófico sobre el estado de salud físico y psíquico del pueblo palestino. A menudo, los Palestinos se ven negar el acceso a los hospitales y a las clínicas y las ambulancias son rechazadas o bloqueadas por las FOI18.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) insiste, también, sobre el rol esencial desempeñado por la colonización en la degradación del nivel de salud del pueblo palestino, así como por el desprecio total de las normas sanitarias por Israel, a través de algunos ejemplos concretos : “la aceleración de las actividades de asentamiento israelíes añadió una dimensión más a la crisis humanitaria. […] El sistema de alcantarillado de los asentamientos en las colinas y laderas orientales al norte de Jerusalén ha contaminado los suministros de agua dulce para la obtención de agua potable y el riego de las zonas palestinas hasta Jericó. Entrañan graves riesgos para la salud los desechos químicos de las fábricas israelíes de la zona de Al-Naqab, que atraviesa el valle hasta el mar, así como las filtraciones de aguas residuales internas de los asentamientos israelíes, que están ubicados sobre las capas freáticas de la Faja de Gaza, […] lo que acarrea riesgos sanitarios para los residentes de los campamentos […].” Y previene además que “La situación humanitaria en la Ribera Occidental y la Faja de Gaza descendió a niveles sin precedentes en 35 años de ocupación.”19
CONCLUSIÓN
Israel se niega siempre a hacer frente a sus obligaciones internacionales en cuanto Estado ocupante y continua su política de expoliación y de destrucción de bienes y de recursos palestinos y de aniquilamiento de ese pueblo. Continuará en esa vía mientras no habrá medidas concretas a su encuentro, como lo confirma la reciente declaración de su gobierno que anuncia ya que no reconocerá la decisión de la Corte Internacional de Justicia sobre la construcción del “Muro”20.
Las búsquedas de soluciones por parte de algunas potencias fuera del marco de la ONU, tan loables como puedan serlo, no hacen más que prolongar el sufrimiento del pueblo palestino. Es la razón por la cual el CETIM exhorta la comunidad internacional a tomar medidas concretas con respecto a Israel a fin que ese país respete el goce del conjunto de los derechos humanos del pueblo palestino, el derecho internacional y el derecho internacional humanitario, poniendo fin a la política del hecho consumado. En ese sentido, hay dos medidas urgentes a tomar:
1) la suspensión de Israel de la ONU (a semejanza de África del Sur en la época del Apartheid), mientras no se conforme a las decisiones tomadas por las instancias de esa institución;
2) el envío de fuerzas de protección internacional hasta que el conflicto sea resuelto en conformidad con las resoluciones de la ONU.