COMITE CONSULTIVO
14a periodo de sesiones
23-27 febrero 2015
[Extracto de la declaración escrita]
El fenómeno de los fondos buitre es indisociable de la deuda de los Estados y afecta a la mayoría de los países. Por ello, el CETIM y el CADTM1 acogen con satisfacción el mandato que el Consejo de Derechos Humanos ha otorgado al Comité Asesor en relación con el efecto de las actividades de los fondos buitre sobre los derechos humanos, y ofrecemos al Comité nuestro apoyo en el cumplimiento de su mandato.
En primer lugar, conviene explicar brevemente qué son los “fondos buitre”. También conocidos como acreedores litigantes, los “fondos buitre” son fondos de inversión que compran, a precios ínfimos, deuda de Estados, para posteriormente emprender acciones legales destinadas a obligar a esos Estados a pagar el valor nominal íntegro original (el importe inicial del crédito) en el momento de la emisión, más los intereses devengados.