Del 2 al 6 de febrero de 2015, se celebró en Ginebra la segunda sesión del Grupo de trabajo intergubernamental sobre los derechos de los campesinos y otras personas trabajando en las zonas rurales y se presentó un proyecto de Declaración revisado, en el que se recoge la mayor parte de las propuestas formuladas por las organizaciones campesinas en las consultas informales llevadas a cabo en noviembre de 2014. Una importante delegación de La Vía Campesina y de otras organizaciones estuvo presente para participar en los debates.
Cabe recordar que la adopción de una Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos es una propuesta nacida del movimiento campesino internacional La Vía Campesina y que el CETIM acompaña a este último en su labor en la ONU desde 2001. Esta campaña se realiza conjuntamente con FIAN International y con la participación activa de Uniterre.
Tras un enorme esfuerzo de sensibilización e incidencia, en septiembre de 2012 obtuvimos una decisión favorable en el Consejo de derechos humanos, con el establecimiento de un Grupo de trabajo intergubernamental encargado de elaborar y adoptar una Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y otras personas trabajando en las zonas rurales.
Entre el 2 y el 6 de febrero de 2015, el Grupo de trabajo intergubernamental se reunió en Ginebra para examinar un proyecto de Declaración revisado, elaborado por su Presidenta, la Embajadora de Bolivia ante las Naciones Unidas en Ginebra, a partir de los debates de la primera sesión y de las consultas informales celebradas en noviembre de 2014.
Un nuevo éxito. Este nuevo proyecto de Declaración retoma la mayor parte de las propuestas formuladas por las organizaciones campesinas y constituye un nuevo logro para la campaña llevada a cabo por La Vía Campesina con el apoyo del CETIM y de FIAN International.
En la redacción del texto, se ha realizado un esfuerzo para emplear, en la medida de lo posible, un lenguaje acordado en el ámbito internacional. El resultado debería facilitar las negociaciones y ofrecer a los Estados una base más aceptable para sus conversaciones.
El nuevo proyecto de Declaración es, de manera general, más largo y completo: contiene treinta artículos (frente a los trece del proyecto anterior) y, en cada uno de ellos, se han incluido las obligaciones de los Estados en lo que se refiere a la aplicación de los derechos.
Se han introducido nuevos artículos, a fin de dar mayor visibilidad a los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, el derecho a la libertad de opinión y de expresión, el derecho a la libertad de asociación o el acceso a la justicia.
También se han ampliado los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente con la inclusión de artículos específicos sobre el derecho a la alimentación, el derecho al trabajo, el derecho a la seguridad social, el derecho a un ingreso digno, el derecho a la salud o el derecho al agua.
De esta manera, la Declaración reforzará la visibilidad de derechos en efecto ya reconocidos, pero a menudo desconocidos por las personas interesadas y, además, poco respetados. La Declaración también permitirá lograr avances en el contenido de dichos derechos y de las obligaciones de los Estados para responder a las necesidades y a las realidades específicas de los campesinos y de las otras personas que trabajan en las zonas rurales.
El nuevo proyecto de Declaración retoma numerosas propuestas presentadas en ese sentido por los campesinos, por ejemplo: incluir el derecho de los campesinos a producir sus propios alimentos como parte fundamental del derecho a la alimentación, el derecho a no estar expuesto a las sustancias químicas tóxicas de la agricultura como parte del derecho a la salud, o la obligación de los Estados de facilitar el acceso de la producción campesina a los mercados locales y regionales en el artículo relativo al ingreso digno.
Además, se han ampliado los derechos de las mujeres con un artículo sobre los derechos de las mujeres rurales y otro sobre la igualdad de género. Y, en el nuevo proyecto de Declaración, se retoma otra de las reivindicaciones centrales de las organizaciones campesinas al incluir un artículo específico sobre el derecho a la soberanía alimentaria.
¿Nuevos derechos? Por último, en el proyecto revisado de Declaración, se mantienen la mayor parte de los derechos identificados por los campesinos como fundamentales, como el derecho a la tierra, el derecho a las semillas, el derecho a la biodiversidad o el derecho a los recursos productivos. Si bien dichos derechos no son actualmente reconocidos a los campesinos en el sistema de los derechos humanos, estos sí son reconocidos parcialmente para otras categorías de personas o en otros instrumentos internacionales y no deberían calificarse de «nuevos». En cuanto al contenido de estos artículos fundamentales del proyecto de Declaración, se ha recogido una buena parte de las propuestas presentadas por los campesinos en las consultas informales.
A modo de ejemplo, los artículos sobre el derecho a las semillas y a la biodiversidad establecen el derecho de los campesinos a utilizar, cultivar, reutilizar, conservar, desarrollar, intercambiar, transportar, regalar o vender sus semillas; y establecen la obligación de los Estados de respetar, proteger y promover los sistemas campesinos de semillas y de protegerlos de la contaminación genética y de la biopiratería. El artículo relativo al derecho a los medios de producción es reforzado e incluye el derecho al crédito (de manera independiente a la propiedad, lo que resulta enormemente interesante) y el derecho a disponer de herramientas, asistencia técnica, medios de transporte o de transformación de la producción campesina. En él, se recogen también disposiciones relativas a la promoción de la producción agroecológica.
Importante delegación. Una importante delegación de La Vía Campesina estuvo presente en Ginebra para participar en la reunión, con dos representantes de las organizaciones campesinas de Asia, África, América Latina y Europa, es decir, un total de ocho delegados. Representantes de la Federación Internacional de Movimientos de Adultos Rurales Católicos (FIMARC), de la Alianza Internacional de Pueblos Indígenas Móviles (WAMIP), del Foro Mundial de Pueblos Pescadores (WFFP) y de la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación y la Agricultura (UITA) habían sido invitados a participar en el proceso y también estuvieron presentes.
Todos estos delegados contaron con el apoyo del CETIM, no solo en lo logístico, sino también en la preparación de la sesión (análisis del nuevo texto y preparación de las intervenciones) y en la organización de diversas actividades (encuentros con los delegados o conferencias paralelas).
A lo largo de la sesión del Grupo de trabajo, los delegados participaron activamente en los debates y presentaron sus propuestas y reivindicaciones con relación al nuevo texto. Hubo numerosas intervenciones para respaldar el nuevo texto y formular propuestas relativas al contenido de los distintos artículos. Se hizo especial hincapié en el derecho a la tierra y el derecho a un ingreso digno (véanse los recuadros) y se organizaron dos conferencias paralelas sobre estos temas.
Derecho a la tierra En el artículo 19 del nuevo proyecto de Declaración, se reconoce el derecho a la tierra. Se ha realizado un esfuerzo para emplear el lenguaje existente en otros instrumentos internacionales, especialmente en las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra adoptadas en 2012 por consenso en el Comité de seguridad alimentaria mundial (FAO). Las principales disposiciones del nuevo texto se refieren al acceso a la tierra y a la seguridad de la ocupación, dos elementos clave para los campesinos. Los delegados de La Vía Campesina y el CETIM han insistido en la necesidad de ampliar el contenido del artículo con disposiciones relativas a la reforma agraria, la función social de la tierra, la limitación de la concentración de la tierra y la prohibición de los latifundios, el derecho a ocupar tierras improductivas, el derecho al uso colectivo y comunitario de la tierra o la constitución de patrimonios agrarios públicos inalienables. También se ha propuesto incluir obligaciones extraterritoriales especificas para los Estados. |
Derecho a un ingreso digno En el artículo 18 del nuevo proyecto de Declaración, se reconoce el derecho a un ingreso digno. Se trata de un derecho humano que ya está reconocido, pero que se consolida para los campesinos y se adapta a sus necesidades concretas. Las disposiciones principales del artículo se refieren al derecho de los campesinos a obtener un ingreso digno a través de la venta de sus productos y el acceso de la producción campesina a los mercados locales, nacionales y regionales. Los delegados de La Vía Campesina y del CETIM han defendido la necesidad de reforzar este artículo incluyendo de manera explícita la obligación de los Estados de regular los mercados para prohibir el abuso de poder, las posiciones dominantes, el dumping y los monopolios, y para garantizar precios justos y que remuneren la producción campesina. También se ha propuesto incluir de manera más explícita la obligación de los Estados de proteger, permitir y desarrollar el acceso a los mercados, la comercialización, la venta directa, la producción, el intercambio y la transformación artesanal de los productos campesinos, mediante reglas, normas e instrumentos diferenciados y apropiados a las necesidades de los campesinos. Finalmente, se ha sugerido incluir disposiciones relativas a las subvenciones y las ayudas públicas para que se concedan prioritariamente a los campesinos. |
En conjunto, los Estados acogieron favorablemente el nuevo texto y un número considerable de ellos participó de manera constructiva en las negociaciones. Para elaborar el documento se requirió más tiempo del previsto, y las delegaciones lo recibieron con retraso (una semana antes del inicio de la sesión) y solo en inglés, lo que complicó ligeramente las conversaciones. Sin embargo, se pudo realizar una primera lectura del nuevo proyecto de Declaración y se formularon numerosas propuestas concretas. El número de Estados que participan activamente va en aumento y empiezan a acercarse las posturas en lo que se refiere a numerosos elementos clave del proyecto de Declaración.
No obstante, los países occidentales, con la notable excepción de Suiza y Luxemburgo, continúan dando muestra de una actitud poco constructiva y proponen condiciones inaceptables para su plena participación en el proceso. Mientras que los Estados Unidos y sus aliados más cercanos continúan cuestionando incluso la necesidad de una Declaración, la Unión Europea se opone al reconocimiento de nuevos derechos para los campesinos. Sin embargo, incluso en el seno de la Unión Europea, empiezan a aparecer fisuras y se escuchan críticas en los pasillos a lo que se considera una postura poco constructiva y demasiado radical.
El Consejo de derechos humanos convocará, sin duda, una tercera sesión del Grupo de trabajo en 2016. De aquí a entonces, no debería alterarse el texto. Con el objetivo de tener en cuenta las preocupaciones de las delegaciones que han afirmado no haber tenido tiempo suficiente para analizar detalladamente el documento y formular sus propuestas, la Presidenta del Grupo de trabajo recomienda, en las conclusiones adoptadas por los Estados al final de la sesión, que se realice una segunda lectura del proyecto de Declaración revisado durante la siguiente sesión del Grupo de trabajo.