¡Alto a la impunidad de las empresas transnacionales!

 

Desde hace varios años la Asociación Americana de Juristas y el Centre Europe-Tiers Monde llevan a cabo reflexiones y actividades sobre la necesidad de proporcionar un marco jurídico en el ámbito internacional a las actividades de las sociedades transnacionales, a fin de prevenir y, en el caso, sancionar las violaciones a los derechos humanos que suelen cometer. Este año, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha decidido realizar una consulta entre los Estados y las ONGs acerca del “Proyecto de normas sobre la responsabilidad de las sociedades transnacionales y otras empresas comerciales en materia de derechos humanos”, aprobado en agosto de 2003 por la Subcomisión para la promoción y protección de los derechos humanos. (Véase el proyecto en E/CN.4/Sub.2/2003/12/Rev.2).

Les transmitimos en anexo una declaración que hemos elaborado para responder a esa consulta, porque consideramos muy importante que las ONGs y los movimientos sociales se movilicen sobre esta cuestión, a fin de contrarrestar las presiones que ejercen sobre los Estados la Cámara de Comercio Internacional y de la Organización Internacional de Empleadores.

En efecto, la CDH ha enviado para su examen el año próximo la cuestión de la responsabilidad de las sociedades transnacionales en materia de derecho humanos a causa de dichas presiones de las dos organizaciones empresarias internacionales, que publicaron un largo documento de 42 páginas contra el proyecto aprobado por la Subcomisión.

Por el CETIM Por la AAJ


DECLARACIÓN ACERCA DEL PROYECTO DE NORMAS SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE LAS SOCIEDADES TRANSNACIONALES Y OTRAS EMPRESAS COMERCIALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

En su 60º período de sesiones (15 de marzo-23 de abril de 2004), la Comisión de Derechos Humanos de la ONU decidió pedir al Alto Comisionado para los Derechos Humanos que organice una consulta sobre el “Proyecto de Normas sobre la responsabilidad de las sociedades transnacionales y otras empresas comerciales en materia de derechos humanos” aprobado por la Subcomisión de la promoción y protección de los derechos humanos de la ONU en agosto de 2003.

Como respuesta a dicho pedido, los movimientos y organizaciones signatarios, declaramos lo siguiente:

- Saludamos la iniciativa de la SCDH de haber, por fin, encarado el problema de los métodos de trabajo de las sociedades transnacionales que constituyen actualmente una de las causas principales, directas e indirectas, de violaciones de los derechos humanos y de regresión de los derechos fundamentales, sociales, políticos, económicos y ambientales.

- Aprobamos sin reservas la voluntad de la SCDH de imponer a las STN un marco jurídico internacional obligatorio a fin de controlar sus actividades y de prevenir sancionar las violaciones que se produzcan,

- Recordamos, junto con la SCDH, que el conjunto de normas de derecho internacional en materia de derechos humanos y ambientales enumeradas en el proyecto ya es aplicable a las STN, como a cualquier otra empresa o individuo. En realidad, podemos constatar que el problema no consiste en la falta de normas –pues ellas existen – sino en la capacidad o en la voluntad de los gobiernos y de los Estados de aplicarlas y en la insuficiencia o en la inexistencia, de mecanismos jurisdiccionales internacionales adecuados para suplir estas carencias.

- En consecuencia, instamos al Alto Comisionado para los Derechos Humanos para que apoye la iniciativa de la SCDH a fin de que ésta prospere y exhortamos a nuestros Gobiernos, en particular a aquéllos cuyos Estados son actualmente miembros de la CDH, a examinar positivamente el Proyecto, que constituirá, introduciendo en él las mejoras aún necesarias , un progreso importante en el camino hacia el control jurídico y social de las actividades de las sociedades transnacionales.

Las mejoras que proponemos para el proyecto se refieren especialmente a tres puntos importantes, que son tratados insatisfactoriamente en el estado actual del texto.

1. La responsabilidad que corresponde atribuir a las sociedades transnacionales en cuanto a todo el proceso de producción, de distribución y de comercialización, del que ellas tienen el control efectivo y en particular su responsabilidad solidaria con sus proveedores, subcontratistas y licenciatarios, en la medida en que se trata de un ciclo económico unitario con la dirección estratégica centralizada en la sociedad transnacional. Y tomando también en cuenta que las sociedades trasnacionales tienen « el arte » de estar al mismo tiempo en todas partes y en ninguna, de externalizar los costos y los riesgos y de concentrar los beneficios. La aplicación de ese principio reconocido del derecho permitiría a las víctimas reclamar la reparación de los daños sufridos sea conjuntamente a todos los responsables o a los que elijan, en función de su solvencia o de otros criterios.

2. La introducción en el proyecto del principio de la responsabilidad civil y penal individual de los dirigentes de las STN que adoptan las decisiones estratégicas en su calidad de propietarios principales, gerentes, miembros del Directorio o del Consejo de Administración. Es sabido que en caso de infracciones que acarrean procesos, son la mayoría de las veces los simples ejecutantes, los cuadros subalternos o los trabajadores que son sancionados – si hay sanción – porque la cadena de mandos son por lo general sutilmente fraccionadas, camufladas o disimuladas.

3. Las medidas de seguimiento. Esta es una de las grandes fallas del proyecto. Todavía debe realizarse un trabajo importante para establecer las perspectivas que conduzcan a instrumentos de aplicación obligatorios realmente eficaces, especialmente en el ámbito internacional.

Por ello, hacemos un llamamiento a los Gobiernos y a los organismos correspondientes de la ONU , de conformidad con su deber primordial de promover los derechos humanos , para que no titubeen en enfrentar colectivamente las presiones de las sociedades transnacionales y hagan de manera que el proyecto, con las mejoras necesarias, logre su aprobación definitiva.

Frente a la pretensión de las sociedades transnacionales de continuar actuando por encima y al margen de las leyes, es preciso que los Gobiernos y los organismos pertinentes de las Naciones Unidas den prueba de su determinación para cumplir con sus mandatos y con su obligación de defender la democracia y los derechos humanos.

El abandono o el aplazo indeterminado en la consideración del proyecto, deberá interpretarse como una claudicación de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de los Gobiernos frente a la arrogancia del poder económico internacional.


LISTA DE 85 FIRMANTES - 06/08/2004:

Actares – actionnariat pour une économie durable
Akuaipa Waimakat - Asociación para la divulgación, promoción y defensa de los derechos humanos e indígenas de los territorios y asentamientos Wayuu de la Guajira
Alternativa Solidaria - Plenty
Amorces
Anti-Racism Information Service (ARIS)
Arbeitskreis Tourismus & Entwicklung

Associación Americana de Juristas
Asociación Anahí - La Plata, Argentina
Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas
Asociación Libre de Abogados de Madrid
Asociación PROYDE (Promoción y Desarrollo)
Asociación Vasca de Abogados (ESKUBIDEAK)
Assemblée Européenne des Citoyens
Associação Brasileira de Advogados Trabalhistas (ABRAT)
Associação Luso-Brasileira de Juristas do Trábalho – Portugal
Association des Juristes Saharaouis (UJS)
Association internationale de techniciens, experts et chercheurs (AITEC)
Association internationale des juristes démocrates (AIJD)
Association Taralift
Attac Espagne
Attac Maroc-Groupe de Rabat
Bangsa Adat Alifuru
Campaña la deuda o la vida - Mar del Plata, Argentina
Centre de Documentation et d'Information pour le Développement, les Libertés et la Paix (CEDIDELP)
Centre de Documentation Solidarité Internationale Développement Durable Droits de l’Homme (CRISLA)
Centre de Documentation Tiers Monde (CDTM)
Centre d'Etudes et d'Initiatives de Solidarité Internationale (CEDETIM)

Centre Europe-Tiers Monde (CETIM)
Centro de Derechos Económicos y Sociales (CEDES) - Ecuador
Comisión para la defensa de los derechos humanos en Centroamérica (CODEHUCA)
Comité pour l’Annulation de la Dette du Tiers-Monde (CADTM)
Commission Socialiste de Solidarité Internationale (CSSI)
Confederación General del Trabajo (CGT) – España
Confederación indígena tayrona
Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.)
Confédération Mondiale du Travail (CMT)
Conseil International des Femmes
Conseil national des droits des peuples autochtones
Consejo Indio Exterior
Consejo Regional Indigena del Cauca (CRIC)
Conservation Cultural Act
Déclaration de Berne
Dignidad y Desarrollo para el Sur (DiDeSUR)
Echanges et Partenariats
Emaus fundación social - España
Estudio jurídico Tilsa Albani – Moira Villarroel - Argentine et Uruguay
Federación Mundo Cooperante de España
Fédération Internationale des Mouvements d’Adultes Ruraux Catholiques (FIMARC)
Fédération nationale des éleveurs centrafricaine
Fédération Syndicale Mondiale (FSM)
Front Siwa-Lima
Fundación Española para la Cooperación Solidaridad Internacional
Fundación Paz y Solidaridad Serafín Aliaga
German Peace Council / Berlin
Groupe de Réalisations et d’Animation pour le Développement (GRAD)
Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos (ILSA) – Colombia
International Baby Food Action Network (IBFAN) & Geneva Infant Feeding Association
International Educational Development
International Federation of Tamil
International Indian Treaty Council
International Organization for the Elimination of All Forms of Racial Discrimination (EAFORD)

Intersindical-CSC
International Youth and Student Movement for the United Nations (ISMUN)
Japan Lawyers International Solidarity Association (JALISA)
Japanese Association for UN Voluntary Fund
League Demanding State Compensation for the Victims of the Public Order Maintenance Law / Japan
Les Amis de la Terre – Comité du Rhône, France
Ligue Internationale pour les Droits et la Libération des Peuples (LIDLIP)
Mouvement Contre le Racisme et Pour l’Amitié Entre les Peuples
Movimiento Indio Tupaj Amaru
Murkele Organization
National Lawyers Guild / USA
Nord-Sud XXI
Observatorio Vasco de Derechos Humanos - Behatokia
RIDPA-GEDPA
Socialpress – Italia
Solidarité pour les Peuples Autochtones des Amériques (SOPAM)
SOLIFONDS
Swiss Federation of Tamils
Tebtebba Foundation
Vanakkam Group
Walang Alifuru
West Africa Coalition for Indigenous Peoples Rights (WACIPR)
Women’s International League for Peace and Freedom (WILPF)
World Peace Council



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