Así,
en todo el mundo, las organizaciones populares, los movimientos
sociales se enfrentan a violaciones de sus derechos humanos y medioambientales
que cometen no sólo los Estados sino también las sociedades
a menudo más poderosas que aquellos pero que dependen del
sector privado.
Normalmente, en el seno de un país, las víctimas de
tales exacciones pueden en estos casos dirigirse a la justicia para
exigir reparación. Se sabe que, en la práctica, ya
a este nivel sus quejas no son siempre escuchadas.
Pero en el caso de las STN, las cosas se complican terriblemente.
Éstas tienen, en efecto, una capacidad particular para encontrarse
al mismo tiempo por todas partes y en ningún sitio. Esto
les permite sustraerse fácilmente de las legislaciones nacionales
y garantizarse la mayoría de las veces una total impunidad.
En cuanto a los gobiernos, a menudo más preocupados de la
"competencia internacional" que de promover los derechos
económicos, sociales y culturales de los pueblos, suelen
tener poca prisa para ejercer un control serio sobre las sociedades
transnacionales efectivas en o desde su territorio.
Frente a esta situación, numerosas organizaciones no gubernamentales
y movimientos sociales luchan para conseguir que se establezca un
marco jurídico de las STN a nivel internacional. A este respecto,
la única instancia legítima para intervenir decidir
y dotar de dicho marco es la Organización de las Naciones
Unidas.
Además, a la vista de la experiencia de los códigos
de conducta voluntarios, es indispensable que este marco sea de
carácter obligatorio. Por otra parte, esta es la razón
por la cual, desde hace tiempo nosotros denunciamos la iniciativa
del Golbal Impact (asociación entre la ONU y las STN) que
rebaja el rol de la ONU, promueve la idea de un derecho a la carta
que, lejos de luchar contra las violaciones de los derechos humanos,
sirve sobre todo de biombo y de buena conciencia para dichas sociedades. |